El hurto de energía duplica los índices del año pasado

La Cooperativa eléctrica inicia una campaña contra atentados a la seguridad de los servicios básicos

10/7/2024

La cantidad de procesos administrativos abiertos por conexiones antirreglamentarias (hurto de energía) en lo que va del año duplica a los iniciados en el mismo período el año pasado, según datos de la División Pérdidas, de la Cooperativa Rural de Electrificación, CRE. Por este motivo, la Distribuidora eléctrica inicia una campaña en contra del robo de electricidad.

El artículo 57 de la Ley de Electricidad No. 1604 establece que, si una cuenta es sorprendida con una conexión arbitraria, una alteración del instrumento de medición o consumiendo energía eléctrica de manera clandestina, el Titular, o sea la persona a quién le lleva el aviso de facturación, será sancionada económicamente por el Distribuidor regulado, CRE y recibirá con una multa para el estado boliviano establecida por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear, AETN.

Además, el Titular debe pagar la energía eléctrica consumida clandestinamente. Y, sumado a ello, es pasible a un proceso legal, cuyo castigo es la privación de libertad entre dos a seis años, según lo instituye el artículo 214 del Código Penal, referido a Atentados contra la seguridad de los servicios públicos.

Otra consecuencia del hurto de energía eléctrica es el riesgo de sufrir accidentes, la posibilidad de arruinar electrodomésticos, el desabastecimiento de energía en la zona y hasta probabilidad de provocar un incendio.
CRE ha detectado que personas inescrupulosas, con conocimiento técnico, ofrecen el servicio de un supuesto ahorro de energía a incautos a través de las redes sociales. Sin embargo, lo que terminan realizando es el hurto de energía, algunas veces, incluso, sin consentimiento del Titular de la cuenta.

Hay que aclarar que para la normativa vigente la responsabilidad de la infracción recae en el Titular, por más que un tercero hubiera cometido la irregularidad, pues es el Titular quien firma el contrato de suministro de energía eléctrica.

Esta modalidad criminal ha sido detectada con mayor frecuencia en condominios y locales comerciales que tienen varios equipos de climatización y refrigeración.

La Cooperativa recomienda a los titulares que han cedido sus predios a terceros en alquiler o anticrético, que hagan seguimiento al buen uso del medidor. Y si ha vendido un inmueble, CRE llama a cumplir el artículo 18, del Reglamento del Servicio Público de Suministro de Electricidad de la Ley de Electricidad No. 1604, que indica que “el nuevo poseedor o tenedor de un inmueble o lugar debe contratar a su propio nombre el servicio de suministro de electricidad”.

Asimismo, si se tiene sospecha de hurto de energía se puede denunciar la infracción de manera anónima llamando al 176 ó 336-6666.